CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL PARA LOS MIEMBROS DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
El Colegio de Arquitectos de la Ciudad de México, en búsqueda de los más altos niveles de profesionalismo, integridad y competencia de sus miembros, y
CONSIDERANDO
Que el Colegio se constituyó el 11 de marzo de 1946, en el marco de la Ley Reglamentaria del artículo 5o.. Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones, misma que previó la existencia de organismos colegiados de profesionistas que persiguieran, entre otros objetivos, la definición del papel y la responsabilidad de cada profesión y que promovieran la superación profesional;
Que las altas tasas de crecimiento demográfico, las profundas diferencias en las condiciones y niveles de vida de la población y la creciente degradación de los recursos naturales han provocado acelerados procesos de desarrollo urbano que exigen la intervención de la arquitectura, entendida como el arte y la ciencia de construir los espacios habitables que requieren las actividades humanas;
Que la arquitectura es una actividad de servicio y que los arquitectos son quienes cuentan con los atributos y medios para su prestación;
Que se requiere de una política de desarrollo de la arquitectura que implique la participación de los arquitectos y de sus órganos colegiados, así como la colaboración con los centros de enseñanza e investigación y con las autoridades; Que se considera de alta prioridad la conservación y el desarrollo de todo el patrimonio natural y cultural de la nación, el rescate de los valores tradicionales y la vinculación de la obra arquitectónica con el contexto urbano, cultural y natural, por lo que es necesario dar a conocer a la población y a las autoridades la función que desempeña la arquitectura en la consecución de tales objetivos; Que, no obstante, existe ya un Código de Honor para los Arquitectos de la Ciudad de México, se ha estimado indispensable fijar en un nuevo cuerpo de normas [os principios que deben regir el ejercicio de la arquitectura, así como las obligaciones que los arquitectos deben tener para con la sociedad; la ciudad y el medio ambiente; sus clientes; la profesión; sus colegas y otros profesionales y, en general, con el gremio,
Ha tenido a bien expedir el siguiente:
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL PARA LOS MIEMBROS DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
PRIMERO: DEL OBJETO DEL CÓDIGO.
A través del presente Código se busca lograr que los miembros del Colegio de Arquitectos de la Ciudad de México mantengan el más alto nivel de profesionalismo, integridad y competencia e incrementen sus conocimientos en la búsqueda de la excelencia de arte y ciencia de la Arquitectura, para servir a la sociedad mexicana a la que pertenecen y tienen obligación de atender.
SEGUNDO: DE LAS OBLIGACIONES. El arquitecto tendrá, además de las obligaciones derivadas de la legislación mexicana, los siguientes deberes en el desempeño de su ejercicio profesional:
I.- PARA CON LA SOCIEDAD:
a) Ejercer su profesión con disciplina, vocación de servicio, honestidad y responsabilidad, tomando en consideración el impacto social, cultural y ambiental que genera la arquitectura;
b) Realizar investigaciones e intercambiar experiencias, atendiendo a las demandas de la población;
c) Conocer y respetar las leyes y reglamentos relacionados con el ejercicio de la arquitectura, así como el estricto cumplimiento de los derechos humanos;
d) Apoyar a la comunidad en emergencias y desastres; y,
e) Propugnar por la comprensión de la comunidad y las autoridades hacia las funciones y responsabilidades de los arquitectos,
II.- PARA CON LA CIUDAD Y EL MEDIO AMBIENTE:
a) Contribuir, a través de la práctica de la arquitectura, a la valoración, preservación, mantenimiento, mejoramiento y desarrollo sustentable del medio natural y construido, considerando el impacto de la obra en el contexto;
b) Velar por la conservación del patrimonio arquitectónico y cultural;
c) Actuar con responsabilidad social buscando el beneficio de los habitantes de la ciudad, colonia, barrio o espacio público de que se trate, evitando anteponer el interés particular al bienestar colectivo; y,
d) Respetar el medio ambiente, buscar el equilibrio ecológico, optimizar, a través de soluciones arquitectónicas los efectos negativos de la contaminación ambiental y visual y procurar minimizar el consumo de f1uidos y energéticos.
III.- PARA CON SUS CLIENTES:
a) Prestar sus servicios con responsabilidad y honestidad, evitando cualquier conflicto de intereses o beneficios colaterales que pongan en riesgo la confianza depositada en su persona;
b) Cumplir con las normas jurídicas y técnicas determinadas para la ejecución del proyecto arquitectónico;
c) Firmar proyectos o actuar como perito, únicamente si ha sido el responsable o ha participado en la elaboración del proyecto o trabajos técnicos respectivos;
d) Tomar bajo su responsabilidad solo proyectos que estén al alcance de su capacidad profesional, y
e) Modificar los alcances y objetivos del proyecto solamente con la autorización del cliente.
IV.- PARA CON LA PROFESIÓN:
a) Elevar el nivel de la práctica profesional, buscar la excelencia en el estudio de la arquitectura en íntima relación a las demandas de la población y contribuir al enriquecimiento y transmisión de los conocimientos relacionados con la misma;
b) Aportar calidad en la realización de la obra arquitectónica y/o urbana y promover el desarrollo de la arquitectura;
c) Garantizar que los proyectos se apeguen a las Leyes y Reglamentos vigentes y evitar adjudicarse la autoría de un proyecto en los casos en que no haya intervenido o utilizar o reproducir los de otros arquitectos;
d) Evitar la simple transferencia de soluciones arquitectónicas de otros países, sin considerar el contexto urbano y social en que quedarán insertas, y
e) Contribuir a la capacitación de técnicos y obreros en las artes y oficios afines buscando niveles de excelencia en la construcción.
IV.- PARA CON SUS COLEGAS Y OTROS PROFESIONALES:
a) Mantener una relación de respeto y colaboración en el trabajo conjunto que realicen con sus colegas y otros profesionales;
b) Reconocer y respetar la colaboración de sus socios y empleados con remuneraciones justas y promover su desarrollo personal y profesional;
c) Otorgar el crédito correspondiente a sus colaboradores y asesores, y
d) Respetar a sus colegas en su persona y trabajos, evitando lesionar su buen nombre y prestigio profesional ante autoridades, clientes, patrones y. trabajadores.
V.- PARA CON EL GREMIO:
a) Cumplir con las obligaciones que le señalan los Estatutos del Colegio, y participar activa y solidariamente en las actividades gremiales que éste organice;
b) Estar consciente de que la actividad individual se refleja en forma colectiva en el prestigio del gremio;
c) Participar en los programas de desarrollo de la arquitectura y compartir su experiencia profesional;
d) Cumplir con los Convenios que se firmen a nivel nacional e internacional, propugnando por la solidaridad, igualdad de trato, reciprocidad y equidad;
e) Mantener condiciones de dignidad e integridad en la asociación con empresas o profesionales extranjeros. y
f) Respetar las condiciones generales de oferta de mercado y no incurrir en prácticas desleales, en cualquiera de sus modalidades y, particularmente, a través de ofertas de bajo costo.
TERCERO: DE LOS COMPROMISOS
Los arquitectos colegiados aceptan cumplir con las obligaciones del Código de Ética Profesional promulgado por el Colegio de Arquitectos de la Ciudad de México, haciéndose acreedores a los reconocimientos y/o sanciones que procedan, de conformidad con su Estatuto. Dado en la sede del Colegio de Arquitectos de la Ciudad de México el día 13 de noviembre de 1995.

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