BIEN INMUEBLE
El inmueble es aquella cosa que no puede trasladarse de un lugar a otro, por ejemplo, un terreno o edificio.
Se consideran inmuebles todos aquellos bienes considerados bienes raíces, por tener de común la circunstancia de estar íntimamente ligados al suelo, unidos de modo inseparable, física o jurídicamente, al terreno, tales como las parcelas, urbanizadas o no, casas, naves industriales, o sea, las llamadas fincas, en definitiva, que son bienes imposibles de trasladar o separar del suelo sin ocasionar daños a los mismos, porque forman parte del terreno o están anclados a él.
- Remodelación
- Ampliación
- Restauración
- Demolición
INMUEBLE. CONSEJERIA JURÍDICA Y SERVICIOS LEGALES DEL DF. https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/component/glossary/Glosario-Consejer%C3%ADa-1/I/INMUEBLE-85/#:~:text=Se%20consideran%20inmuebles%20todos%20aquellos,sea%2C%20las%20llamadas%20fincas%2C%20en

Comentarios
Publicar un comentario